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Una deuda de 200 000 euros, exonerada en mes y medio

La ley de segunda oportunidad o Ley 25/2015 es la herramienta que tienen los particulares y autónomos para liberarse de sus deudas. Permite reducir el dinero que deben e ir pagando el resto en plazos adaptados a sus circunstancias. Incluso puede facilitarles la cancelación anticipada de un préstamo que les cueste pagar. Esto acaba de pasarle a un ciudadano de Ceuta. Te contamos su caso.

Deuda exonerada en mes y medio

Este vecino de Ceuta tenía una deuda total de 200 000 euros y solicitó hace tan solo mes y medio acogerse a la ley de la segunda oportunidad. Tras admitir su petición, el Juzgado número cinco de la ciudad ceutí ha decidido exonerarlo de lo que debía.

Esta persona es un funcionario con ingresos estables, pero con una situación complicada. Tiene dos hijos dependientes económicamente de él y su mujer está en el paro. Sus dificultades lo llevaron a solicitar varios créditos para mantener sus condiciones de vida.

Ante la posibilidad de perder su casa por no poder afrontar los pagos de sus préstamos, solicitó acogerse a la ley de segunda oportunidad. Ahora, los tribunales han sentenciado que queda libre de todas sus deudas. Podrá comenzar de nuevo.

Pero lo más destacable de todo es que el asunto se ha resuelto en un tiempo récord. Apenas un mes y medio desde que se produjo la solicitud hasta el dictamen del juzgado.

Ley de segunda oportunidad

Si has tenido deudas pendientes, sabrás qué significa estar en ASNEF o en cualquier otro listado de morosos. No puedes solicitar préstamos a las entidades financieras porque ninguna te da crédito. Por eso, siempre aconsejamos que, antes de llegar a esta situación, se acuda a la Ley 25/2015.

A través de ella, podemos liberarnos de nuestras deudas y volver a empezar desde cero. No obstante, para acogernos a esta norma debemos cumplir varias condiciones. Respecto a la ley de segunda oportunidad y sus requisitos, los principales son los siguientes:

  • Ser persona física o autónomo y residir en España. Para las sociedades mercantiles está la figura del concurso de acreedores.
  • Actuar de buena fe. Esto significa que, realmente, tenemos intención de pagar, pero no podemos hacerlo. Asimismo, no debemos haber sido condenados por delito concursal o contra organismos oficiales.
  • La deuda no puede superar los cinco millones de euros.
  • No habernos acogido a esta norma anteriormente, en los últimos diez años.

En caso de que cumplas todas estas premisas, podrás ampararte la ley de la segunda oportunidad. Debes solicitarlo en el juzgado de lo mercantil aportando la documentación necesaria que demuestre tu situación económica. Una vez aceptada tu petición, el juez dictaminará si puedes acogerte a la ley y en qué condiciones.

Es decir, podrá exonerarte de tus deudas total o parcialmente y, en este último caso, establecer un plan de pagos que te resulte asequible.

En conclusión, la ley de segunda oportunidad puede ayudarte a eliminar tus deudas y comenzar de nuevo sin ellas. En Empieza de Cero somos abogados especialistas en esta norma. Contacta con nosotros y verás cómo podemos ayudarte.

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