En febrero de 2022, el gobierno español pacto con los sindicatos la subida del SMI. Esto supone un incremento mensual para más de 1,8 millones de trabajadores.
¿Qué es el SMI? Es el Salario Mínimo Interprofesional. Es decir, que es el salario mínimo que recibe el trabajador. El SMI se sitúa en 1.000 euros brutos repartidos en 14 pagas. Esta cifra se ha calculado tras consultar con los sindicatos, asociaciones empresariales y teniendo en cuenta ciertos factores como el IPC (Índice de Precios al Consumo) o la productividad media.
Esta medida tiene carácter retroactivo y entra en vigor a partir del 1 de enero de 2022.
Pero ahora, con la subida del SMI, ¿Que ocurre si nos embargan la nómina?
Recordemos que cuando dejamos de pagar ciertas deudas, los acreedores buscaran diferentes maneras de cobrar. Una manera de conseguirlo después de varias acciones es pedir el embargo de la nómina.
¿Quién decreta el embargo de la nómina?
- La Agencia Tributaria (AEAT).
- La Tesorería General de la Seguridad Social.
- Un juzgado o un tribunal tras una sentencia en firme.
Solo estos tres organismos pueden hacer efectivo un embargo en nuestra nómina.
Tenemos que saber que hay un mínimo inembargable. Es decir, que siempre habrá una parte mínima que cobraremos.
El artículo 27.2 del Estatuto de los Trabajadores y el artículo 607.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) establecen como inembargable la cuantía que marque el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
Lo que significa que todo lo que está por debajo del SMI no se puede embargar.
Por ejemplo, si tenemos al año 14 pagas de 1.000 euros. ¿Cuanto me pueden embargar?
En ese caso no te podrán embargar nada, pero todo lo que supere esa cantidad se podrá embargar de la nómina.
¿Se puede embargar todo lo que supere los 1.000 euros?
Se nos puede embargar una cantidad de dinero en función de la cuantía del ingreso. Para saber la suma se utiliza una escala progresiva y de ese modo se calcula el porcentaje que se nos puede embargar.
¿Como se calcula el porcentaje?
- – Desde el SMI hasta el doble del SMI: se embargan el 30% de esas cantidades.
- – Desde el doble del SMI: hasta el triple del SMI se embargan el 50% de esas cantidades.
- – Desde el triple del SMI: hasta el cuádruple del SMI se embargan el 60% de esas cantidades.
- – Desde el cuádruple del SMI: hasta el quíntuple del SMI se embargan el 75% de esas cantidades.
- – A partir del quíntuple del SMI: se embargan el 90% de esas cantidades.
- – Además, en el caso de que tengamos cargas familiares, podremos obtener una rebaja de entre el 10% y el 15% sobre esas cantidades.
Referente a la paga extra, esta se suma a la nómina y se aplica a la escala previamente descrita.
Para obtener más información y saber cuanto nos pueden embargar de nuestra nómina podemos acudir a la página web de hacienda y utilizar la herramienta de asistencia virtual y así hacer los cálculos de la cantidad y del tiempo estimado.