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¿Llegar a un acuerdo extrajudicial de pagos es conveniente? 

La crisis sanitaria por la COVID 19 ha provocado que muchas empresas y personas físicas, se encuentren en una situación desesperada. Es por eso, que, si te has amparado bajo la Ley de la Segunda Oportunidad, queremos hablarte del acuerdo extrajudicial de pagos.  

Cuando situamos ambas figuras en un mismo escenario, la quiebra y la mediación, nos encontramos con que el acuerdo de pago extrajudicial no es más que el reconocimiento que hace el deudor, ante el juez, de que se está perfeccionando un punto medio de acuerdo con su acreedor. 

Puesto que, cabe aclarar lo siguiente: El deudor podrá poner en conocimiento del tribunal competente para la declaración de su concurso que ha iniciado negociaciones para llegar a un acuerdo de refinanciación o para obtener adhesiones a una propuesta de acuerdo anticipado en los términos previstos en esta Ley. 

Ahora sí, entramos en materia y te lo contamos todo.  

¿Qué es el acuerdo de pago extrajudicial? 

Los solicitantes deberán concurrir previamente, ya sea ante el registrador mercantil o ante notario para proceder a la designación del mediador concursal. El funcionario encargado de hacer el nombramiento deberá expedir oficio al juez competente de la declaración de concurso que ha abierto las negociaciones conducentes a la resolución del conflicto. 

 Por lo que, a los efectos de esperar los resultados de la mediación, el tribunal de ejecución concederá al deudor un plazo, en el cual se obliga a notificar al tribunal el resultado de sus negociaciones; Después de este período, podrían surgir tres supuestos: 

 1.- El llegar o no a un acuerdo de refinanciación, 

 2.- Que se produzca efectivamente un acuerdo extrajudicial de pagos; 

 3.- Las adhesiones necesarias para la admisión a trámite de una propuesta de convenio anticipado, y en cuyo caso deberá solicitar la declaración de concurso dentro del mes hábil siguiente, salvo que el mediador concursal ya lo haya solicitado o no se encuentre en estado insolvencia. 

La solicitud puede realizarse siempre que la deuda que tengas contraída no supere los cinco millones de euros, y lo acredite aportando el saldo correspondiente. Esto es el límite de cantidad que pone la LSO. 

Es por eso que es importante que sepas que llegar a un acuerdo extrajudicial de pagos es muy importante para tu procedimiento en la ley de la Segunda Oportunidad. Si llegas a pactar un nuevo acuerdo, en ese momento se terminará el proceso y podrás empezar de cero, pero eso sí, siempre tendrás que cumplir una serie de requisitos para que el acuerdo extrajudicial se pueda celebrar. 

Como ya has podido comprobar, vas a necesitar a un equipo que te ayude y te vaya dictando cada parte y cada proceso de la LSO. Es necesario, que sepas todo lo que puedas sobre esta ley para que conozcas bien cada punto de ella. Nosotros te iremos informando de todo, además, nuestro equipo estará encantado de poder ayudarte en todo lo que necesites. Estudiaremos tu situación y lucharemos por ella. 

Ley de segunda oportunidad | Empieza de cero

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