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La propuesta extrajudicial de pagos, te lo contamos todo 

En 2015 se aprobó en España la Ley de la Segunda Oportunidad, cuyo objetivo principal es exonerar las deudas de la persona que solicite ampararse bajo esta ley. Por lo que, consigue aligerar la carga financiera y otras medidas sociales para personas en graves dificultades económicas. Para que tengas toda la información, esto está regulado por la Ley 25/2015, de 28 de julio. 

El nombre de esta normativa: Ley de Segunda Oportunidad, no es casual. Se pretende dar a entender que cualquier individuo o pequeña empresa puede empezar de cero si su situación financiera es insostenible. Por eso bajo esta ley se puede amparar tanto personas físicas como jurídicas. La Ley permite renegociar la forma en que se devolverán las deudas para que la persona afectada pueda hacer frente a sus gastos. En caso de que no se llegue a un acuerdo, un juez podría cancelarlo o exonerar al deudor. Así que te contamos todo lo que necesitas saber para solicitar esta ley.  

¿Quién puede reclamarla? 

 La Ley de la Segunda Oportunidad está pensada para particulares, familias y profesionales autónomos. La estimación total de las deudas no puede exceder de cinco millones de euros. Anteriormente, sólo las personas jurídicas o sociedades podían beneficiarse del privilegio de solicitar la exoneración o condonación de sus deudas. Esta Ley ya permite a las personas, familias o autónomos que no puedan hacer frente a sus obligaciones económicas, beneficiarse de la condonación parcial o incluso total de sus deudas para empezar de cero, sin gastos. 

 ¿Qué tengo que hacer para beneficiarme de la Ley de la Segunda Oportunidad? 

Es necesario contratar a un abogado especialista en Derecho Comercial y Financiero para realizar correctamente todos los trámites. Todos los trámites deben realizarse de manera minuciosa para obtener los beneficios que la Ley establece, y así de esta manera el interesado puede llegar a conseguir el mejor acuerdo de todos. En esta ocasión, te contamos exactamente lo que es el acuerdo extrajudicial de pagos. 

 El Acuerdo extrajudicial de pago  

En primer lugar, se debe intentar un acuerdo de pago extrajudicial, pues para ello se inicia un sistema de mediación extrajudicial, normalmente mediante el nombramiento de un mediador concursal, que esto depende si eres empresa o persona particular. Las negociaciones de este acuerdo de pago extrajudicial tendrán una duración máxima de tres meses (dos en el caso de persona física no emprendedora). Durante el proceso de negociación, los acreedores no podrán iniciar ni continuar el proceso de ejecución judicial.  

Esto es la primera fase, en la que siempre se intenta llegar a un acuerdo por el bien de las dos partes interesadas, si esto no fuese posible, se pasa a la segunda fase que es el concurso consecutivo y la obtención del beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho (BEPI). 

 Ahora puedes hacerte una idea de lo que puede pasar y el proceso que tendrás que pasar si solicitas esta ley. Nosotros podemos ayudarte en tu situación cuando lo necesites. 

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