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El éxito actual de la Ley de la Segunda Oportunidad

Llevamos muchos años dedicándonos a tratar la Ley de la Segunda Oportunidad (LSO). En este caso y en este post, queremos hablarte del éxito actual de dicha ley.  

Pues, pasado el tiempo desde que ha entrado en vigor la LSO en 2015, queremos realizar un análisis actualizado al año 2022 de la misma ley.   

La Ley de la Segunda Oportunidad en el año 2022 

Debido a la experiencia de los últimos años, el mecanismo de la ley de la segunda oportunidad se ha concretado bastante en varios pasos que, prácticamente sin excepción, deben llevarse a cabo. Te lo explicamos todo con detalle para que conozcas a fondo esta ley.   

  • Vamos a adentrarnos en lo primero de todo, que es el estudio detallado de toda la documentación del caso. No todos los asuntos que llegan a la oficina son favorables para ser tramitados a través de la ley de segunda oportunidad. Pueden ser, por poner algunos ejemplos, asuntos en los que exista negligencia o mala fe manifiesta por parte del deudor, u otros en los que existan bienes que no se quieran perder, o cuando existan fiadores o fiadores cuyos bienes son de respetar. Cada tema es diferente y habrá que revisarlo, uno por uno. Por lo tanto, cuidando todos los aspectos que puedan perturbar las posibilidades del procedimiento en el futuro. También habrá que tener en cuenta aquellos casos en los que la pandemia por la Covid-19, haya afectado negativamente a la situación del deudor, ya que este hecho puede servir como un buen argumento de cara a la buena viabilidad del procedimiento. 
  • El siguiente aspecto que vamos a plantear y explicar es la fase extrajudicial. Será necesario cumplimentar un formulario normalizado y entregar toda la documentación del asunto en una notaría del lugar del domicilio del deudor. Una vez realizado este trámite y transcurrido un tiempo, la notaría emitirá una escritura en la que (muy probablemente) declarará que no se ha intentado siquiera acuerdo por falta de mediador concursal. Dicho escrito será suficiente para pasar a la siguiente fase. 
  • Con el tercero de los pasos entraríamos en la fase judicial. Con la escritura notarial de tentativa de acuerdo amistoso se presentaría ante los tribunales una demanda de concurso voluntario de una persona física, explicando todos los hechos que han llevado al deudor a permanecer en esa situación y solicitando el nombramiento de un administrador concursal. 
  • Por último y en el cuarto paso tramitar y finalizar el procedimiento de concurso voluntario en los juzgados. Será necesario contactar al administrador concursal y cumplir con todos los requisitos que tanto él como el tribunal determinen, bajo la idea de lograr un acuerdo positivo o incluso la exoneración de las deudas insatisfechas. 

Ahora, más que nunca, te será útil contar con un mecanismo como este que permita ayudar a las personas que se han visto significativamente afectadas a nivel de endeudamiento. Por eso no esperes más y ponte en contacto con nuestro equipo. 

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