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¿Cuánto te pueden embargar de una cuenta?

Os detallamos los puntos clave de este procedimiento

La razón principal por la que te pueden embargar es cuando existe una mala situación económica. el primer problema con el que nos encontramos son las deudas. Si la situación ya es complicada, tener que asumir las consecuencias de esas deudas es todavía más duro.

Es normal que si estáis en un momento de crisis financiera os preguntéis cuanto os pueden embargar de vuestra cuenta del banco.

Desde Empieza de cero os vamos a intentar resolver vuestras dudas sobre este tema, con una serie de puntos importantes.

¿Cual es la secuencia cuando te van a embargar?

  1. El punto más importante es intentar sanear lo antes posible vuestra economía para evitar consecuencias mayores.
  2. El procedimiento de embargo sobre una cuenta es completamente legal. Es muy común que este proceda de la administración pública si tenemos cualquier deuda con ellos. Ya sea con la Seguridad Social, con la Agencia Tributaria o con el Ayuntamiento.
  3. Si la persona deudora no tiene fondos para poder abonar la cantidad que se le exige de una sola vez, es cuando se producirán los embargos mensuales.
  4. Estos embargos siempre serán notificados con la cantidad exacta y el número de mensualidades.
  5. El artículo 607 del Enjuiciamiento Civil, de la Ley Española, regula los límites de las cantidades que se pueden embargar de una cuenta según la situación de cada deudor.
  6. Nunca se podrá embarga la nómina completa de una persona. El límite no podrá superar el salario mínimo interprofesional. En la actualidad si cobráis menos de 950€ no te podrán embargar la nómina. En el caso de superar esa cantidad hay establecidos unos tramos para determinar la cuantía a embargar.

¿Qué tramos establece la Ley de Responsabilidad Civil (LRC)?

  • 950€ a 1.900€ el embargo será del 30%.
  • 1.900€ a 2.850€ el embargo será del 50%.
  • 2.850€ a 3.800€ el embargo será del 60%.
  • 3.800€ a 4.750€ el embargo será del 75%.
  • Si vuestra nómina supera los 4.750€ el embargo será del 90%.
  1. Si tenéis más de una deuda acumulada no se podrán reclamar al mismo tiempo. Se respetará el orden de cobro que dicte el juez.
  2. Los embargos no pueden generar un descubierto en la cuenta. Porque este hecho provocaría otra deuda con el banco.

En Empieza de cero somos un despacho de abogados plenamente especializado en todos estos procedimientos. Por ello, estamos a vuestra disposición tanto si necesitáis asesoramiento como si os hace falta representación legal para afrontar los trámites legales de negociación de vuestras deudas.

Ley de segunda oportunidad | Empieza de cero

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