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Gestionar las Deudas con la Segunda Oportunidad

Gestionar las Deudas con la Segunda Oportunidad

Gestionar tus deudas ahora, con la Segunda Oportunidad, abre nuevas y hasta ahora posibilidades «impensables».

Administrar tus deudas sean del tamaño que sean

Las claves para no endeudarse son bastante tajantes. Si se cumplen no hay endeudamiento:

  • Saber cuánto debes y a quién.
  • Hacer frente a los pagos en tiempo y forma cada mes.
  • Crea un calendario mensual o previsión de pagos (hoja de cálculo, listado…) que se actualice cada vez que hay cambios.
  • Usa y contrasta el presupuesto mensual para planificar los gastos.
  • Si las cosas van mal, hacer al menos el pago mínimo (asumir el fracaso y tirar la toalla es una opción inplanteable).
  • Si hay que decidir qué pago atender, hay que hacerlo con criterio, nunca por impulso.
  • Saber diferenciar la deuda que hay que pagar en primer lugar es un ejercicio para el que hay que estar preparado.
  • Crea un fondo de emergencia al que poder recurrir. Ahorrar cuando no hay para pagar es difícil , sino imposible, pero el uso y movimientos del dinero dependen exclusivamente de ti, con lo que siempre se puede hacer algo.
  • Aprender a reconocer las señales cuando se necesita ayuda. No ser consciente, solo agrava el problema.

Pero la realidad, es que con todo y con eso, al final hay situaciones imposibles que requieren ayuda externa y para eso esta la Segunda Oportunidad.

El reto de gestionar las Deudas con la Segunda Oportunidad

La percepción popular de las deudas se centra en los aspectos negativos, pero en realidad, hay muchos aspectos positivos que debemos tener en cuanta al gestionar deudas personales.

Después de todo, muy pocos podríamos permitirnos comprar una casa o asistir a la universidad sin algún tipo de ayuda a través del crédito.

La clave es hacer que la deuda funcione para ti, no en tu contra. Antes de solicitar una deuda personal, es importante entender los términos. Obviamente, tienes que devolver el importe total más los intereses, pero más allá de eso, los términos pueden variar ampliamente. Dependiendo del tipo de deuda, hay diferentes cosas a tener en cuenta:

  • Hipotecas de vivienda
  • Tarjetas de crédito
  • Préstamos para la compra de vehículos
  • Otras…

Unificar. ¿Qué pasa si después de unificar las deudas algo sale mal?

Si tras la unificación de deudas no puedes hacer frente al pago, no desesperes, todavía te queda una opción para poder alcanzar un acuerdo extrajudicial de pagos que puedas cumplir.

Para ello deberás acogerte a la Ley de la Segunda Oportunidad. El proceso es irreversible, una vez que se inicia solo hay dos posibles finales:

  1. Novación de la deuda.
    Con una espera de máximo 10 años (recomendable 5 años) y una quita que estará marcada por tus posibilidades económicas, no por los acuerdos, intereses o políticas de las entidades a las que debes el dinero.
  2. Exoneración de la deuda.
    ¿Qué pasa si después de proponer la capacidad de pago real a los acreedores, estos no lo aceptan? La Ley establece la liquidación de tus bienes y del dinero que tengas en el momento de la liquidación. Después de la liquidación no deberás nada a nadie.

Vale, ya he decidido acogerme a la Segunda Oportunidad ¿Pero cómo gestionar mi situación con la Ley?

El proceso va a clasificar tus deudas de una manera muy distinta a como lo haces tú. Vamos a ver los principales tipos de deuda:

  • Privilegiada (General y Especial)
  • Ordinaria (la más común: créditos, tarjetas…)
  • Subordinada (con defectos, de familiares…)
  • Contingente (la que prevés tener en un futuro)
  • Contra la masa (la que necesitas para sobrevivir una vez iniciado el proceso)

¿Qué pasa cuando lo que debo a Hacienda y a la Seguridad social es imposible de pagar?

  • Deudas con Hacienda
    • IVA: es algo que solo afecta a los profesionales, ya sea a nivel de trabajadores autónomos o a los responsables de una empresa privada. Un mal cálculo de las liquidaciones trimestrales o anuales de este impuesto puede provocar adeudos que la Agencia Tributaria te reclamaría en sucesivos ejercicios.
    • IRPF: puede afectar tanto a profesionales como a particulares. Se producen como consecuencia de no realizar el pago de la Declaración de la Renta de manera correcta, ya sea por error o por omisión de algunos de los conceptos computables en este impuesto.
  • Con la Seguridad Social: puede afectar tanto a empresas privadas como autónomos. Puede surgir por un mal cálculo de las cuotas de la seguridad social o directamente por omisión del pago de los mismos.

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