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¿Cuál es la función del notario?

El notario es una figura que por ley debe estar siempre en el proceso de la Segunda Oportunidad pero qué, a su vez, genera muchas dudas ¿Cuáles son sus responsabilidades y derechos?

A continuación te contamos todo lo que necesitas saber sobre la figura del notario:

Responsabilidades y derechos de un notario

La principal obligación de un notario es prestar seguridad jurídica a sus clientes, se les considera funcionarios públicos del estado. La figura de los fedatarios públicos procede del campo del Derecho, por lo que puede ejercer este en cualquier modalidad para la que tenga autorización.

Derechos, responsabilidades y funciones de los notarios:

  • Ejercer la fe pública notarial
  • Avalar a los ciudadanos con un asesoramiento jurídico relativo a las diferentes vertientes del derecho privado
  • También redacta rigurosamente los documentos relativos a cualquier acto jurídico. El acto notarial en la Segunda Oportunidad más habitual es el Acuerdo Extrajudicial de Pagos.

Antes de la firma (Momento en que el proceso de la Segunda Oportunidad queda formalmente iniciado) el notario solicitará a las partes su documento de identidad y los poderes originales en caso de haberlos, también solicitará todos los documentos que la ley exija para llevar a cabo la firma notarial del AEP (Acuerdo Extrajudicial de Pagos).

Hay que tener en cuenta que  el notario solamente da fe de los hechos que puede percibir y de aquellos que pueden ser contrastados mediante pruebas. La figura del notario está precedida por la etiqueta de profesional impertérrito que se limita a aplicar la legalidad vigente, pues el profesional no examina los expedientes financieros de las partes ni atiende a tesituras personales. El notario simplemente lee el contrato legal.

Una vez que las partes y el notario han firmado los documentos se presupone su legalidad.

En los documentos se resume toda la información que hace referencia a la operación: objeto del acuerdo, datos de las partes, propuesta de pago, certificados… Además los documentos originales o copias compulsadas se añaden al acta final. A su vez el notario conserva los documentos originales, entregando las copias solicitadas siempre que sean requeridas por las partes.

Sobre el coste de los servicios notariales

En todos los casos el notario debe ejercer de forma gratuita los servicios de asesoría salvo en las excepciones marcadas por la ley.

El notario recibe sus honorarios en concepto de sus servicios de notaría, por ejemplo al formalizar un Acuerdo Extrajudicial de Pagos los honorarios del notario no pueden cobrar por la designación del mediador, tan solo pueden cobrar por los comunicados y deben limitar el número de hojas a la documentación mínima e imprescindible que se precisa para este acto. Además, en ningún caso es necesario que sean copias autorizadas. Por último, en todos los casos, antes de prestar el servicio la notaría debe informar de forma clara de sus honorarios.

La elección de notaría

La elección del notario es libre por parte del usuario, quien tiene todo el derecho a elegir un profesional de su entera confianza, pero según establece la Ley Concursal, las personas físicas que se quieran acoger al procedimiento extrajudicial de pagos deben presentar una solicitud ante el notario que corresponde al domicilio donde están empadronadas.

Para saber mas información de la ley de segunda oportunidad vaya al artículo «Que es la Ley de Segunda Oportunidad»

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