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¿A cuánto ascienden las tasas de mediación en la Segunda Oportunidad?

¿Cuánto cuesta la Mediación en la fase del Acuerdo Extrajudicial?

Las tasas de mediación están establecidas por ley y el mediador no puede cobrar unos honorarios al margen de lo estipulado.

En primer lugar, para determinar el arancel de derechos de los mediadores (administradores concursales), hay que aplicar una retribución y un porcentaje en función del activo y al pasivo. Para saber los honorarios que se aplican a tu caso debes hacer los siguientes cálculos:

TASAS DE MEDIACIÓN EN FUNCIÓN DEL ACTIVO

DESDEHASTARETRIBUCIONPORCENTAJE
0500.00000,60%
500.0001.000.0003.0000,50%
1.000.00010.000.0005.5000,40%
10.000.00050.000.00041.5000,30%
50.000.000100.000.000161.5000,20%
100.000.000500.000.000261.5000,10%
500.000.0001.000.000.000661.5000,05%
1.000.000.000911.5000,025%

Ejemplo: si tienes activos (inmuebles, bienes, propiedades…) por valor de 100.000 Euros tendrías unos costes de mediación de 600 Euros.

TASAS DE MEDIACIÓN EN FUNCIÓN DEL PASIVO

DESDEHASTARETRIBUCIONPORCENTAJE
0500.00000,30%
500.0001.000.0001.5000,20%
1.000.00010.000.0002.5000,10%
10.000.00050.000.00011.5000,05%
50.000.000100.000.00031.5000,025%
100.000.000500.000.00044.0000,012%
500.000.0001.000.000.00092.0000,006%
1.000.000.000122.0000,003%

Ejemplo: si tienes un pasivo (deuda total)  por valor de 100.000 Euros supondría unos costes de mediación de 300 Euros.

Al cálculo del coste de mediación de Pasivo + Activo hay que sumarle el IVA y hay que aplicarle las siguientes reducciones establecidas en la Ley:

  1. Personas naturales sin actividad económica.
    Se aplicará una reducción del 70 por ciento sobre la base de remuneración calculada en las tablas.
  2. Personas naturales empresarias o autónomas.
    Se aplicará una reducción del 50 por ciento sobre la base de remuneración del activo y del pasivo.
  3. Si el deudor es una sociedad.
    Se aplicará una reducción del 30 por ciento.
  4. En caso de aprobarse el AEP (Acuerdo Extrajudicial de Pagos).
    Se aplicará una retribución complementaria igual al 0,25 por ciento del valor total de tu activo.

¿Cuánto cuesta la Administración Concursal en la fase de Concurso Consecutivo?

En los casos en que no se alcanza un AEP (Acuerdo Extrajudicial de Pagos), se insta el concurso de acreedores consecutivo donde se solicita la exoneración del pasivo insatisfecho (cancelación de todas las deudas).

Aunque el Mediador es la misma persona que el Administrador Concursal, en esta fase cambia su denominación.

En esta fase (Concurso Consecutivo), hay que aplicar unas correcciones a las tablas utilizadas para el cálculo de la remuneración del Activo y del Pasivo en función de los tiempos:

  • Durante los 6 primeros meses.
    Se aplicará un arancel del 10% mensual de la cantidad calculada en las tablas.
  • Entre los meses 7 a 12.
    Se aplicará un arancel del 5% mensual.
  • En los meses sucesivos al mes 12.
    No hay derecho a retribución alguna a la administración concursal.

Todas estas correcciones pueden verse alteradas, siempre por un motivo justificado, por el juez. Así, el importe del cálculo realizado inicialmente puede verse incrementado o disminuido entre un 5  y un 25  por ciento cada mes.

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