Si estás pensando en ampararte bajo la Ley de la Segunda oportunidad, en adelante (LSO), tendrás que conocer distintos conceptos y requisitos, que vas a tener que cumplir y por los que vas a tener que pasar para que todo funcione correctamente. Es un proceso que es largo, y, si lo desconoces puede que andes perdido en las distintas situaciones que vayan a darse. Por eso, hoy queremos hablarte sobre el acuerdo extrajudicial de pagos en la ley de la segunda oportunidad. Para que, en todo momento, cuentes con la información que necesitas antes de empezar con el proceso y durante el transcurso del mismo.
¿Qué es el acuerdo extrajudicial de pagos?
Este acuerdo es un mecanismo que permite reestructurar las deudas. Es decir, podrás introducir quitas y esperas mediante unas reuniones con tus acreedores en el que el fin, consiste en llegar a una negociación o a un pacto. Así, de esta manera, las deudas que no puedan ser razonablemente satisfechas, podrán ser anuladas mediante el beneficio de la exoneración.
¿Puedo recurrir al acuerdo extrajudicial de pagos cuando quiera?
Sí, en principio siempre se intenta conseguir un acuerdo antes de llegar al juicio, de esta manera te ahorrarás muchos meses de proceso y conseguirás un pacto en el que beneficie a las dos partes. Los únicos requisitos son:
- Que te encuentres en una situación de insolvencia. Pero el límite con las deudas es de 5 millones de euros, no puede exceder de este importe.
- Que no te hayan condenado en los últimos 10 años por determinados delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico.
- Si ya has solicitado la LSO con anterioridad, que hayan pasado un plazo mínimo de 5 años.
- En el caso de ser autónomo, tendrás que aportar el correspondiente balance económico que te soliciten.
¿En qué me puedo beneficiar con el acuerdo extrajudicial de pagos?
Podrás beneficiarte de ciertas ventajas como, por ejemplo:
- Quitas, que se trata de condonaciones de la deuda, puesto que los acreedores te perdonarán alguna parte de la deuda y no la tendrás que pagar.
- Además, también esperas, que se trata de aplazamientos de la deuda que pueden llegar aproximadamente hasta los 10 años.
- Cesión de bienes o derechos en pago para pagar las deudas que tengas contraídas.
- Capitalización de créditos, estos permiten que los créditos se conviertan en acciones, participaciones u obligaciones, además de instrumentos financieros de cualquier tipo.
Con estos datos, te podrás hacer una idea de todo lo que puedes conseguir con el acuerdo extrajudicial de pagos cuando solicites la ley de la segunda oportunidad. Si tienes más dudas o no sabes por dónde empezar con dicha ley, puedes llamarnos y te ofreceremos toda la información que necesitas para que des el paso que te falta y puedas ampararte bajo esta ley. Llámanos o escríbenos y nuestro equipo te atenderá en la mayor brevedad posible sin ningún tipo de compromiso.