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Requisitos para reconocer la buena fe del deudor 

Si estás pensando en solicitar la Ley de la Segunda Oportunidad (LSO) necesitarás saber una serie de requisitos que te van a exigir para que puedas comenzar con el proceso. De eso mismo queremos hablarte hoy, sobre uno de ellos, sobre la buena fe del deudor para que sepas cómo tienes que actuar en cada momento para conseguir los resultados que esperas. 

Cuando se trata de la bancarrota, es importante actuar de buena fe y adoptar un enfoque honesto para tu caso específico. Por eso, lee atentamente las siguientes líneas y conoce a fondo la LSO

El procedimiento de la Ley de la Segunda Oportunidad 

No se requiere, ni es una obligación que los deudores que van a declararse insolventes negocien con sus acreedores antes de declararse en bancarrota, pero se espera que los afectados, actúen con honestidad todo durante el proceso de insolvencia.  

 Es por eso, que la persona que se quiera amparar bajo la Ley de la Segunda Oportunidad, va a tener que obrar con buena fe, esto significa que en todo momento tendrá que tener disposición para pagar y para llegar a un acuerdo con sus acreedores en todo momento.   

Algunos tribunales interpretan el requisito de «buena fe» como una extensión de la capacidad del deudor para pagar a los acreedores. Para estos tribunales, la “buena fe” se centra principalmente en la prueba del ingreso disponible: ¿el deudor está pagando todo lo que puede? 

En el caso de la LSO, entra todo en juego y es que el juzgado analiza la totalidad de las circunstancias y evitan un cálculo rígido para determinar la buena fe de las acciones del deudor. En este caso, la intención de honestidad, la divulgación completa y precisa de la información y los mejores esfuerzos del deudor son los principios rectores en las evaluaciones de buena fe. 

Los jueces con la LSO, esperan que los deudores se presenten abiertos, honestos y que cooperen en todo momento con el proceso y las partes que va a tener que vivir con dicha ley. La evidencia de fraude, deshonestidad o activos ocultos son todos distintivos de que el deudor no está actuando de “buena fe”. 

 ¿Qué pasa sino actúo de buena fe? 

Los deudores a menudo incurren en objeciones de buena fe cuando hay errores al calcular el ingreso mensual actual para la prueba de medios de quiebra. El ingreso mensual actual, es el ingreso promedio del deudor durante los últimos seis meses y el deudor también debe revelar cualquier cambio actual o anticipado en el ingreso.  

Si el deudor no informa con precisión sus cuentas y movimientos, todos los cálculos del síndico serán incorrectos y pueden provocar una objeción de falta de buena fe. 

Es por eso la necesidad en todo momento de que el afectado sepa que no puede hacer trampas, ni encubrir gastos o modificar de manera ilegal los documentos que el tribunal le va a solicitar para que pueda ampararse bajo la ley.  

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