Los juzgados y la Ley Concursal
Desde la entrada en vigor de la Ley de la Segunda Oportunidad, han resurgido muchas personas que estaban, prácticamente, destruidas. Y que antes de la crisis del COVID 19 se encontraban en un mejor estado de bienestar social después de haber superado la anterior crisis financiera. Pero la situación actual ha azotado con mucha más fuerza las apenas recuperadas estructuras económicas de toda la población
La vía judicial
Al comenzar un proceso jurídico necesitas empaparte de algunos términos. Aunque más adelante vendrán a ser de uso común durante el tiempo que lleve resolver tu caso.
Además del abogado y del gestor de tu caso, debes entender la función de la notaría, del registro y del juzgado, siendo esta última persona un actor importante en tu procedimiento.
Los juzgados designados para llevar los procedimientos concursales son los expertos facultados, ante la ley, para estudiar los expedientes y tomar una decisión una vez analizados los argumentos. Tienen esa decisión en sus manos de paralizar, levantar y retirar:
- Intereses
- Embargos
- Ejecuciones
- Aparición en ficheros en donde se expresa tu morosidad.
La realidad de los Juzgados
Aunque la Real Academia de la Lengua Español, la RAE, define al juzgado como un órgano judicial especializado, realmente el magistrado es una persona física que tiene el conocimiento jurídico para tomar decisiones y llevar a un buen término, según la ley, el caso que se le asigne.
Dichos juzgados, por lo general, desarrollan su actividad circunscrita a un territorio específico, a una zona geográfica y de ejercicio profesional. En este caso, serán jueces mercantiles los que tomen decisiones con respecto a los casos relativos a la Ley de Segunda Oportunidad.
Como ya se entiende, es una persona imparcial . En en ningún caso deberá tener vinculo alguno con las dos partes involucradas en el procedimientos. Esto se especifica en el artículo 8 de la Ley Concursal. El artículo señala, de forma puntual, que, el simple hecho, de haber tenido relación comercial en el pasado, le impedirá tener competencias en un proceso. Este mecanismo garantiza la transparencia y equidad en la actuación.
¿Que pasa con la Ley de la Segunda Oportunidad?
Debes tener en cuenta que en un procedimiento o expediente de la Ley de la Segunda Oportunidad, no solo interviene los juzgados. Por el contrario, son varios los actores involucrados. Pero será el mencionado quien desempeñe una labor crucial en la aplicación o no de la respuesta positiva a tu caso.
Lo primero que debes hacer es entender que es un abogado quien lleva el caso y prepara todos los argumentos en cada una de las actuaciones que surgirán. Luego intervienen un notario, un registrador, un mediador y un procurador, y luego una vez que todos ellos participan, es cuando se inicia la actuación de los juzgados.
En todos los casos se analizará el beneficio de la ley solicitado.
Además de los profesionales mencionados, también pueden intervenir en el proceso una cámara de comercio y un administrador concursal. Pero la participación de estos últimos estará condicionada a si el caso es de una persona jurídica o empresa, y a que no se logre un acuerdo extrajudicial para hacer los pagos contraídos en la deuda.
El despacho que debe llevar tu caso
Si todo esto te parece muy complejo de entender, es necesario que comprendas la importancia de saber buscar al aliado perfecto para solucionar cualquier problema jurídico y financiero al que te vas a enfrentar. Una mala asesoría podrá desencadenar una actuación negativa en un proceso que tiene muchos obstáculos que sortear. Lo mejor, es que te dejes conducir por gente con experiencia en el área.